Cuando un apagón eléctrico paraliza toda la ciudad —como ha pasado en varias zonas de España recientemente—, no solo se apagan las luces: también surgen un montón de dudas sobre nuestras obligaciones laborales. Una de las primeras preguntas que asaltan a muchos trabajadores es: “¿Me descontarán el día en la nómina?”.
Pues bien, la respuesta, en la mayoría de los casos, es no.
La culpa no es del trabajador: el principio de riesgo empresarial
El Estatuto de los Trabajadores, concretamente en su artículo 30, es muy claro: si no puedes trabajar por causas ajenas a tu voluntad, tienes derecho a cobrar tu salario igualmente. Y un apagón generalizado, causado por problemas en la red eléctrica o incidencias climáticas, es precisamente un ejemplo de esas causas ajenas.
Este principio se basa en lo que los abogados llaman el riesgo empresarial: si sucede algo que impide la prestación de servicios y no es culpa del trabajador, es la empresa la que debe asumir las consecuencias, no el empleado.
Así que puedes estar tranquilo: el día que no pudiste trabajar por el apagón debería seguir siendo remunerado como cualquier otro.
¿Qué pasa si trabajo en remoto o teletrabajo?
Aquí el escenario puede complicarse un poco. Si trabajas en modalidad de teletrabajo y el apagón afectó a tu domicilio, también se te aplicaría el mismo principio: no perderías el derecho al salario. Pero, atención, si la empresa pudiera demostrar que tú no trabajaste por un fallo de tus propios medios (por ejemplo, un router averiado que no arreglaste en días anteriores), podría discutirlo.
No obstante, si la caída eléctrica fue general, no hay forma de responsabilizarte.
¿Y si me piden recuperar esas horas?
Algunas empresas, en un intento de equilibrar el impacto productivo, podrían sugerirte recuperar las horas perdidas. Importante: no pueden obligarte salvo que haya un acuerdo previo que lo contemple (por ejemplo, en un convenio colectivo o un pacto individual firmado).
Si no hay tal acuerdo, la jornada perdida debe entenderse como efectivamente trabajada y remunerada como tal.
¿Puede afectar a los complementos salariales?
Otra duda frecuente es sobre los complementos por productividad, objetivos, o rendimiento. Aquí el asunto es más delicado: depende de cada caso y de lo que esté regulado en tu contrato o convenio. Si para cobrar un bonus necesitas haber alcanzado unos resultados, y el apagón te impidió lograrlos, podría ser legal que la empresa ajuste ese complemento.
Pero tu salario base —lo que garantiza el Estatuto— no debería verse afectado en ningún caso.
Así que, salvo casos muy excepcionales, no deberían descontarte nada en tu nómina de mayo 2025 por el apagón de ayer.
¿Tienes dudas más específicas sobre tu caso? ¿Tu empresa está planteando medidas que no te suenan del todo correctas? Desde Asesoría Moguel, con más de 45 años de experiencia, te podemos ayudar a resolver cualquier problema laboral. ¡Contacta con nosotros!

