¿Es obligatoria la revisión médica anual del trabajo en 2025?

revisión médica trabajo

Cada cierto tiempo, muchos trabajadores se encuentran con la misma pregunta cuando reciben un correo de recursos humanos: “Tiene usted pendiente la revisión médica anual”. Y claro, la duda surge de inmediato: ¿es obligatorio someterse a la revisión médica laboral todos los años? La respuesta, como casi siempre en materia laboral, depende.

La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, en su artículo 22, establece que el empresario debe garantizar la vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores, en función de los riesgos asociados a su puesto. Ahora bien, esa vigilancia, por regla general, requiere el consentimiento del trabajador. Es decir, la empresa debe ofrecer la revisión, pero el trabajador puede aceptarla o rechazarla.

Sin embargo, hay tres excepciones claras en las que la revisión sí es obligatoria:

  • Cuando sea imprescindible para evaluar cómo las condiciones de trabajo afectan a la salud del empleado.
  • Cuando la salud de un trabajador pueda suponer un peligro para sí mismo, sus compañeros o terceros.
  • Cuando una norma legal lo imponga, por ejemplo en sectores de especial riesgo como transporte, construcción, minería o la manipulación de sustancias tóxicas.

Lo curioso es que la ley no fija que estas revisiones deban realizarse siempre con periodicidad anual. De hecho, la frecuencia dependerá de la evaluación de riesgos de la empresa y de lo que pueda establecer el convenio colectivo aplicable. Por ejemplo, en trabajos de oficina, lo habitual es que se ofrezca la revisión cada año, pero el trabajador puede renunciar libremente firmando una negativa. En cambio, en sectores donde el riesgo es evidente, la obligatoriedad se vuelve indiscutible.

Pongamos un ejemplo práctico: un administrativo que pasa su jornada delante del ordenador puede decidir no hacerse la revisión médica, y no pasa nada. En cambio, un conductor de autobús no puede saltársela, porque su salud está directamente relacionada con la seguridad de decenas de pasajeros cada día.

La empresa, por su parte, tiene la obligación de costear las revisiones, garantizar la confidencialidad de los datos médicos y documentar la oferta. El trabajador, si no se encuentra en un caso obligatorio, puede negarse sin consecuencias disciplinarias, siempre dejando constancia por escrito.

En decir, no todas las revisiones médicas laborales son obligatorias cada año, pero sí lo son en ciertos puestos y sectores donde la seguridad y la prevención lo exigen. Lo importante es conocer los derechos y obligaciones en cada caso, porque ni la empresa puede imponer de manera general una revisión innecesaria, ni el trabajador puede negarse en situaciones de riesgo evidente.

Si en tu empresa has recibido un aviso de revisión médica y no sabes si estás obligado a realizarla, o si como empresario necesitas implantar correctamente este sistema sin vulnerar la normativa, en Asesoría Moguel podemos orientarte. Contamos con más de 45 años de experiencia en materia laboral y prevención de riesgos.

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