El cierre de una empresa siempre genera incertidumbre, pero especialmente cuando el trabajador afectado se encuentra con la desagradable sorpresa de que no recibirá la indemnización que le corresponde por despido. En 2025, tras la experiencia de crisis previas, es importante saber cómo proceder si tu empleador desaparece o simplemente no puede hacer frente al pago.
Cuando tu empresa cierra y no dispone de fondos suficientes, existe un mecanismo legal al que puedes recurrir para asegurar que tu derecho a recibir indemnización no se quede en papel mojado: el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).
¿Qué es y cómo funciona el FOGASA?
El FOGASA es un organismo público dependiente del Ministerio de Trabajo, cuya misión principal es garantizar que los trabajadores perciban ciertos salarios e indemnizaciones pendientes cuando su empleador se declara insolvente o en concurso de acreedores.
Eso sí, el FOGASA no es un cheque en blanco: existen ciertos límites, y normalmente no se abona el 100% de lo adeudado. La indemnización cubierta es de 20 días por año trabajado, con un máximo de una anualidad, y el importe diario tiene también un límite que se actualiza anualmente. En 2025, dicho límite máximo diario es de aproximadamente 87,53 euros.
¿Qué pasos debes seguir para reclamar tu indemnización en 2025?
En primer lugar, es fundamental reunir toda la documentación disponible sobre tu despido y el cierre de la empresa, tales como la carta de despido, nóminas pendientes, contratos y cualquier comunicación oficial relativa a la insolvencia de la empresa.
A continuación, es recomendable iniciar un proceso judicial o extrajudicial para acreditar el importe que la empresa te debe, ya que necesitarás una sentencia, acuerdo judicial, acta de conciliación o resolución administrativa favorable que certifique la deuda pendiente.
Con esta documentación podrás solicitar formalmente la indemnización al FOGASA, que suele tardar varios meses en tramitar el pago, por lo que la paciencia será imprescindible.
¿Y si mi empresa no se ha declarado oficialmente insolvente?
Puede ocurrir que tu empresa haya cerrado pero no haya iniciado aún el proceso legal de insolvencia. En este caso, deberás interponer una reclamación judicial por despido y cantidades pendientes. Este procedimiento facilitará que, si finalmente se declara la insolvencia, puedas solicitar al FOGASA el cobro correspondiente.
Aunque la burocracia puede ser frustrante, la ley está de tu lado. El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 33, establece claramente que el Estado debe proteger los derechos laborales mediante organismos como el FOGASA.
Si te encuentras en esta complicada situación y necesitas asesoramiento para iniciar tu reclamación de indemnización, recuerda que en Asesoría Moguel, con más de 45 años de experiencia, estaremos encantados de ayudarte en cada paso del proceso.

