¿Qué es el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)? Versión 2025

AJD

El AJD es un tributo que se aplica a ciertos documentos notariales, mercantiles y administrativos que tienen efectos económicos. Forma parte del conjunto de impuestos que regula el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD), y su gestión está cedida a las Comunidades Autónomas, lo cual significa que puede variar en función de dónde te encuentres.

Este impuesto no siempre se paga, pero cuando se paga, suele ser en el contexto de operaciones como:

  • Compraventa de vivienda nueva (no se aplica en viviendas de segunda mano).
  • Constitución de hipotecas.
  • Elevación a público de acuerdos societarios.
  • Otorgamiento de escrituras notariales con contenido económico.

¿Quién paga el AJD?

En términos generales, el obligado tributario es quien solicita el documento notarial, aunque hay excepciones. Por ejemplo, desde la reforma del Real Decreto-ley 17/2018, en el caso de las hipotecas, el impuesto lo paga el banco, no el cliente. Esta medida fue un cambio importante para los consumidores y sigue vigente en 2025.

¿Cuánto se paga por el AJD en 2025?

El porcentaje del AJD varía entre el 0,5% y el 1,5% del valor escriturado, dependiendo de la Comunidad Autónoma. En Cataluña, por ejemplo, el tipo general es del 1,5%, aunque pueden existir bonificaciones o tipos reducidos en algunos casos (como viviendas protegidas o adquisiciones por parte de jóvenes).

¿Cómo se liquida?

El impuesto se paga mediante el modelo 600 de la Agencia Tributaria de la Generalitat de Catalunya, y suele hacerse de forma telemática o presencial, en un plazo de 30 días hábiles desde la firma del documento notarial.

¿Hay formas de estar exento?

Sí, existen varios supuestos en los que se puede estar exento de AJD, como:

  • La constitución de sociedades civiles sin aportación de bienes inmuebles.
  • Operaciones en las que intervienen administraciones públicas.
  • Determinadas transmisiones en el marco de la ley del IVA, si ya están sujetas a este impuesto.

Un detalle importante en compraventas

Si vas a comprar una vivienda nueva en 2025, debes saber que, además del IVA (10%), también pagarás el AJD. En una vivienda de 300.000 €, eso podría suponer unos 4.500 € extra si el tipo aplicable es del 1,5%. ¡Mucho ojo con esto al hacer tus cálculos!

Si estás a punto de firmar una escritura, tramitar una hipoteca o montar una empresa y tienes dudas sobre si se aplica este impuesto o no, no te la juegues. Desde Asesoría Moguel, te ayudamos a liquidar correctamente el AJD y a buscar posibles bonificaciones o exenciones que puedan aplicarse en tu caso.

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