Recibir una carta de la Agencia Tributaria nunca es plato de buen gusto. Esa notificación con membrete de Hacienda suele generar nervios, sudores fríos y, en ocasiones, algún que otro “¿y ahora qué hago?”. Pero antes de que cunda el pánico, conviene saber que un requerimiento de Hacienda no es sinónimo de sanción automática ni de problemas graves. En la mayoría de los casos, simplemente significa que la Administración quiere que aclares un dato o presentes documentación que respalde tu declaración.
En 2025, con la digitalización casi plena de los trámites, lo más habitual es recibir estas notificaciones en el buzón electrónico de la AEAT, aunque también siguen llegando cartas certificadas al domicilio fiscal. Desde que la recibes, empieza a contar el plazo legal para contestar: normalmente, 10 días hábiles. Aquí es donde muchos contribuyentes se equivocan, porque dejan pasar tiempo o no presentan la información correctamente, lo que puede acarrear sanciones.
Qué significa recibir un requerimiento
Un requerimiento es la forma que tiene Hacienda de pedirte aclaraciones. Puede tratarse de facturas de un trimestre, justificantes de gastos deducidos, declaraciones de IVA, IRPF o Impuesto de Sociedades, o incluso extractos bancarios. En definitiva, se trata de demostrar que lo declarado coincide con la realidad.
La Ley General Tributaria (Ley 58/2003) establece la obligación de los contribuyentes de colaborar con la Administración, y la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común fija los plazos y la forma en la que debes responder.
Pasos a seguir para responder a Hacienda
- Leer con calma el requerimiento
No todos los requerimientos son iguales. Asegúrate de entender qué documentación te piden y para qué ejercicio fiscal. - Revisar el plazo de respuesta
Lo habitual son 10 días hábiles desde la recepción. Ojo: los sábados, domingos y festivos no cuentan. - Reunir la documentación solicitada
Facturas, libros contables, extractos, declaraciones… todo debe estar bien ordenado y coincidir con lo declarado. - Comprobar que los justificantes sean válidos
Una factura debe tener IVA desglosado, datos fiscales correctos y cumplir los requisitos legales. Si algo cojea, Hacienda puede no aceptarlo. - Redactar la respuesta o alegaciones
Si estás conforme, basta con aportar lo que te piden. Si no, puedes presentar un escrito de alegaciones explicando tu posición. - Presentar la documentación en plazo y forma
La vía más común es la Sede Electrónica de la AEAT, usando certificado digital o Cl@ve. También existen opciones presenciales, aunque cada vez menos frecuentes. - Guardar justificantes y copias
Es fundamental conservar el resguardo de envío y la documentación enviada, por si hubiera posteriores discrepancias.
Ejemplo práctico
Imagina que un autónomo recibe el 2 de octubre de 2025 un requerimiento para justificar sus deducciones de IVA del segundo trimestre.
Tiene hasta el 16 de octubre para responder. Si presenta las facturas correctamente y están todas en regla, lo normal es que Hacienda cierre el expediente sin más consecuencias. Si no lo hace, podría enfrentarse a sanciones o a una liquidación paralela.
¿Qué pasa si no contesto?
Ignorar un requerimiento es un error. Hacienda puede entender que no colaboras, aplicar estimaciones indirectas y, lo peor, imponer sanciones económicas. En algunos casos, los recargos pueden superar con creces el importe que originalmente estaba en duda.
Recibir un requerimiento de Hacienda en 2025 no tiene por qué ser un drama, pero sí exige rapidez, orden y precisión en la respuesta. Y, sobre todo, contar con un asesor que te guíe para no cometer errores que puedan salir caros.
Si has recibido uno y no sabes cómo responder, en Asesoría Moguel podemos ayudarte a preparar la documentación y presentar la respuesta en tiempo y forma.

