Imagina el momento: un familiar ha fallecido y, entre el duelo, surge la necesidad de aclarar si dejó testamento. Ahí entra en juego el certificado de últimas voluntades, ese documento clave que revela si existe testamento y dónde se otorgó. Para 2026, la tasa se mantiene en torno a los 3,86 euros, según las normativas vigentes del Ministerio de Justicia, sin anuncios oficiales de subida en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Qué es exactamente este certificado?
Este certificado, regulado por la Resolución de 13 de enero de 2011 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, actúa como un radar para los herederos: indica si el difunto otorgó testamento ante notario, si autorizó la inscripción de contratos de seguros de vida o si participó en registros de disposiciones de última voluntad. Sin él, imposible avanzar en la herencia, ya que notarios y registros de la propiedad lo exigen para cualquier trámite sucesorio. En 2025, se emitieron miles de estos documentos, y para 2026 se espera un volumen similar dada la estabilidad demográfica en España.
Piénselo como el primer paso burocrático en una carrera de obstáculos: obtienes el mapa del tesoro, pero luego viene el reparto. Y ojo, que si no hay testamento, se inicia la sucesión intestada, con sus legítimas y porcentajes por ley.
La tasa en 2026: estabilidad con un pellizco mínimo
Buenas noticias para el bolsillo: la tasa 006 del Ministerio de Justicia, que paga este certificado, no ha sufrido incrementos drásticos en los últimos años. Sigue en 3,86 euros, abonables mediante el modelo 790, ya sea en bancos colaboradores con la Agencia Tributaria, por banca electrónica o transferencia al IBAN específico del Ministerio (ES62 0182 2370 4202 0800 0060).
Aunque los Presupuestos de 2026 contemplan ajustes salariales y subidas en otros epígrafes públicos, las tasas administrativas como esta permanecen congeladas, evitando sorpresas. Un error común: pagar de más o de menos, lo que obliga a pedir devolución vía ingresos indebidos.
Ejemplo práctico: Si pagas 4 euros por despiste, olvídate de cambio inmediato en el banco; toca reclamar formalmente.
Cómo solicitarlo paso a paso en 2026
El proceso es sencillo y digitalizado al 100% desde la sede electrónica del Ministerio de Justicia (sede.mjusticia.gob.es). Primero, descarga el modelo 790, completa datos del fallecido (nombre, DNI, fecha y lugar de defunción) y paga la tasa online o en ventanilla. Envía la solicitud con el justificante y, en 3-10 días hábiles lo tienes listo para descargar o recoger.
Si prefieres lo presencial, acude a las Gerencias Territoriales del Ministerio, como la de Barcelona en Garcilaso 123. Desde el extranjero, transferencia bancaria al BIC BBVAESMMXXX. Plazo máximo para solicitarlo: 3 meses desde el fallecimiento, según artículo 1008 del Código Civil, para evitar multas en plusvalías o ISD.
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